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Hincha de Cobreloa no podrá asistir por dos años a espectáculos de fútbol

Pena accesoria a las condenas de 21 y 41 días de presidio con el beneficio de remisión condicional, por encender una bengala durante encuentro contra La Serena el año pasado.

Justicia

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Bengala

En procedimiento abreviado, el Juzgado de Garantía de Calama condenó a R.A.C.E, hincha del club de fútbol Cobreloa, a las penas de 21 y 41 días de presidio, con el beneficio de remisión condicional por un año, en calidad de autor de los delitos de porte y posesión de artefacto pirotécnico sin autorización y porte de elemento idóneo para causar daños o lesiones en espectáculo de fútbol profesional. 

Hechos ocurridos en agosto del año pasado, en el Estadio Zorros del Desierto de Calama, en el marco partido que enfrentó al local con la escuadra de Deportes La Serena. Encuentro en que el hincha fue captado encendiendo una bengala.

En el fallo, el magistrado Alejandro González Escobar condenó además a R.A.C.E. a la pena accesoria de prohibición de asistir a cualquier espectáculo de fútbol profesional y a las inmediaciones en que este se realice por un periodo de 2 años (artículo 16 letra b) de la Ley N° 19.327 de Derechos y Deberes en los Espectáculos de Fútbol Profesional). 

Según los antecedentes, durante la jornada en que se jugó el partido válido por la segunda rueda del campeonato oficial de Primera B, que congregó a una gran cantidad de público durante el enfrentamiento entre Cobreloa y La Serena. Personal de seguridad observó a través de las cámaras de vigilancia, a un sujeto que posteriormente indentificaron, quien se encontraba en el sector de la galería sur del estadio.

Lugar donde “(…) procede a encender y activar una bengala que mantenía en sus manos, correspondiendo a un fuego de artificio, alertando de dicha situación a personal de seguridad que se encontraba en el sector del público, quienes concurren al lugar donde se encontraba el imputado, quien había manipulado, encendido y portado dicha bengala correspondiente a fuego de artificio y elemento pirotécnico, sin contar con autorización debida, procediendo a su detención y entrega a Carabineros".

¿Qué es el procedimiento abreviado? 

Es una alternativa al juicio oral ordinario. Supone un acuerdo entre el imputado y el fiscal del Ministerio Público, en virtud del cual el primero acepta expresamente los hechos materia de la acusación y los antecedentes de la investigación que la fundan y consiente en someterse a este procedimiento alternativo y, el segundo, solicita la imposición de una pena que no excede de cinco años. 

En base a dicho acuerdo, y siempre que se cumplan los requisitos legales, el procedimiento se desarrolla ante un juez de garantía quien, al dictar sentencia no puede imponer una pena mayor a la solicitada por el persecutor.

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El próximo lunes 4 de marzo estaría fijada la audiencia para que el Tribunal de Garantía de Antofagasta revise la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre la concejala Paz Fuica, quien se encuentra recluida en el Centro Penitenciario Femenino.

Según BiobioChile, la defensa de Fuica presentó una revisión de la medida cautelar que será analizada a las 11:00 horas del lunes. Cabe recordar, que la militante suspendida de RD se encuentra cumpliendo prisión preventiva desde el pasado viernes 12 de enero imputada por tres delitos de fraude al fisco en la arista Democracia Viva del Caso Convenios.

Por otro lado, este miércoles la Corte de Apelaciones de Antofagasta revocó la prisión preventiva que cumplían tanto el exseremi del Minvu, Carlos Contreras, como el representante legal de la fundación Democracia Viva, Daniel Andrade, principales imputados del mismo caso, dejando a ambos con arresto domiciliario total y arraigo nacional.


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Este miércoles 28 de febrero a las 9:00 de la mañana se llevaría a cabo la audiencia en la cual la Corte de Apelaciones de Antofagasta, revisará los recursos presentados ante la decisión del Juzgado de Garantía de mantener tanto al exseremi del Minvu, Carlos Contreras, como al representante legal de la fundación Democracia Viva, Daniel Andrade, en prisión preventiva durante la investigación del caso.

De acuerdo a información difundida por LaTercera, las defensas de ambos imputados por tres delitos de fraude al fisco estiman que existió una ponderación errónea de los antecedentes y que los acusados han colaborado sustancialmente con la investigación.

​Según este medio, Diego Sporman, uno de los abogados que integran el equipo de defensa de Daniel Andrade, luego de la revisión de medidas cautelares realizada el martes pasado, indicó que "existió una grave vulneración al derecho de defensa"

Esto debido a que cuando se realizó el control de detención en diciembre del año pasado, la carpeta de investigación se mantenía en secreto por parte de la Fiscalía, siendo conocida solo pocas horas antes de la formalización.

​"Se nos exhortó a estudiar, revisar y esquematizar más 20 tomos y 15 mil páginas con menos de un día de anticipación, lo cual evidentemente generó una mella en una acuciosa revisión de los antecedentes que sirvieron de base para la imputación fiscal y en consecuencia del derecho a defensa", explicó Sporman.

Esto habría incidido en que Andrade no haya declarado formalmente en la investigación, por considerar que sus palabras no sean ponderadas con el debido mérito. Esto a diferencia de Carlos Contreras, quien prestó declaración durante tres jornadas, lo cual habría influido en que el Ministerio Público ampliara las indagatorias.

De esta manera, la defensa de ambos imputados apuntaría a conseguir una medida cautelar de menor intensidad como arresto domiciliario total.

Cabe recordar, que tanto Contreras como Andrade se mantienen en prisión preventiva en Antofagasta desde el pasado viernes 15 de diciembre, jornada en que el Juzgado de Garantía estableció en seis meses el plazo de investigación del caso.



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